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En Coasmedas, entregamos más beneficios a todos
nuestros asociados.

Auxilios Educativos

Subsidio para proteger a tus hijos en caso de fallecimiento o que padezcas estado de invalidez, para el inicio, continuidad o finalización de sus estudios en cualquiera de sus niveles de educación.

 

Requisitos:

  • En caso de estar estudiando: presentar certificación del curso en el cual se encuentran.
  • En caso de iniciar estudio: presentar los datos correspondientes al plantel en que aspiran realizarlos y certificación del cupo de ingreso respectivo.

Auxilio de Hospitalización

Protección económica a tu favor, cuando se encuentre afectada tu salud y como consecuencia de ello te encuentres registrado como paciente de un hospital por prescripción médica y utilices al menos tres (3) días completos de hospitalización.

 

Exclusiones:

En el auxilio de Hospitalización de la COASMEDAS, no se amparan hospitalizaciones que resulten como consecuencia de:

  • Cirugía plástica o cosmética como producto de intervención estéticas, no funcionales, 
  • Curas de reposo (tratamiento de enfermedades mentales de reposo, alcoholismo, drogadicción) 
  • Chequeos Ejecutivos.

Requisitos:

  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del asociado,
  • Certificación o constancia en Original expedida por la Institución Prestadora de Servicios de Salud (I.P.S.) debidamente reconocida, acompañadas de la Epícrisis (resumen de Historia Clínica en donde se encuentre la fecha de inicio y terminación de la hospitalización
  • Estar en condición de paz y salvo.

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Parágrafo:
 A criterio de la Cooperativa podrá exigirse declaración médica o resumen de la historia clínica.

Auxilio de Vida

Protección económica establecida para colaborar con tus beneficiarios en caso de fallecimiento.

Requisitos:

  • Solicitud escrita que se presenta personalmente en la Gerencia de COASMEDAS de la oficina a la cual pertenece el asociado. (Si los beneficiarios fueren menores, la petición debe formularla su representante conforme a la Ley).
  • Una Fotocopia autenticada de la cédula de ciudadanía del asociado fallecido.
  • Una copia Autenticada de la partida de registro civil de defunción del asociado fallecido.
  • Una copia autenticada del certificado de defunción del asociado fallecido
  • La copia del certificado de designación de beneficiarios hecha por el asociado fallecido. (Si no la presentan y el original estuviere en los archivos de COASMEDAS, se agregará a la documentación).
  • Cuando sea necesario, copias auténticas de las partidas eclesiásticas o de registro civil, que acrediten el parentesco de los peticionarios con el fallecido.

Auxilio por Invalidez

Amparo para ayudarte cuando seas legalmente declarado en estado de invalidez y pérdida de capacidad laboral superior al 50% según la definición del reglamento de invalidez laboral vigente.

http://pianormandie.fr/partitions/?add-to-cart=3301 Requisitos:

  • Solicitud escrita que se presenta en la Gerencia de COASMEDAS de la oficinas a la cual pertenece el asociado
  • Una Fotocopia de la cédula de ciudadanía del asociado.
  • Presentar certificación de declaratoria del estado de invalidez, expedida por la junta de Invalidez más cercana donde resida el asociado. En su defecto, la pérdida de la capacidad laboral debe ser certificada por médico laboral, afiliado a la Asociación Colombiana de Medicina Laboral, con base en el manual Único de Invalidez vigente expedido por el Gobierno Nacional.

Auxilio por invalidez con ayuda de tercera persona

Amparo establecido para ayudarte mediante un subsidio económico cuando sea legalmente declarado que padeces un estado de invalidez y que requieres el acompañamiento de un tercero para realizar tus actividades básicas.

Auxilio por Incapacidad mayor a 30 días

Protección económica a tu favor, cuando por enfermedad de cualquier causa se te determine una incapacidad laboral temporal mayor a treinta (30) días y hasta ciento cincuenta días (150).

 

Wilhelmshaven Protecciones:

A partir del día (31) tendrá derecho a la protección económica.

PARÁGRAFO 1°: Esta protección se reconocerá al asociado hasta por un máximo de ciento cincuenta (150) días, por causas diferentes.

PARÁGRAFO 2°: Cuando se trate de una misma causa y una vez complete ciento cincuenta (150) días, es decir el máximo, deberá proceder a elevar solicitud de reconocimiento de auxilio por incapacidad igual o mayor a (180) días.


Exclusiones:

En el auxilio de incapacidad temporal mayor a 30 días COASMEDAS, no ampara:

  • Al asociado que al momento de su ingreso supere la edad de los sesenta y cinco (65) años,
  • Al asociado que cumpla la edad de 70 años, por tanto el asociado que al momento de entrar en vigencia el presente reglamento haya alcanzado o superado 70 años de edad, no se encuentra amparado por este auxilio.

 

 

Requisitos:

  • Fotocopia de la cedula de ciudadanía del asociado.
  • Incapacidad en copia autentica, expedida por la institución prestadora de servicios de salud (IPS) debidamente reconocida, acompañadas de la Epícrisis (resumen de historia clínica en donde se encuentra la fecha de inicio y terminación de la incapacidad). Estar en condición de paz y salvo, de conformidad con el artículo 28 del acuerdo 003de 2001.

Parágrafo: a criterio de la cooperativa podrá exigirse declaración médica o resumen de la historia clínica.

Auxilio por Incapacidad Temporal

Amparo establecido para ayudarte mediante un subsidio económico cuando por enfermedad de cualquier causa se te determine una incapacidad laboral temporal mayor o igual a ciento ochenta días continuos.

 


Documentación:

  • Una fotocopia de la cédula de ciudadanía del asociado.
  • Presentar certificación de incapacidad, expedida por entidad prestadora del servicio de la salud al asociado.


Nota:

El auxilio por Incapacidad – 180 protege hasta cuando cumpla la edad de 70 años. Por lo tanto, al momento de entrar en vigencia este Reglamento, si ha alcanzado o superado los 70 años de edad, no está amparado por el Auxilio por Incapacidad –180. Quien recibe Auxilio por Incapacidad –180, sigue teniendo derecho a la cobertura de los demás auxilios.

Auxilios Funerarios

Subsidio para servicios funerarios y pago de exequias por tu fallecimiento o el de progenitores, cónyuge o pareja, e hijos del asociado .

Documentación:

  • Solicitud escrita que se presenta personalmente en la gerencia de COASMEDAS de la oficina a la cual pertenece el asociado. (si los beneficiarios fueren menores, la petición debe formularla su representante conforme a la ley.
  • Una fotocopia autenticada de la cedula de ciudadanía del asociado fallecido.
  • Una copia autenticada de la partida de registro civil de defunción del asociado fallecido.
  • Una copia autenticada del certificado de designación de beneficiarios hecha por el asociado fallecido. Si no la presentan y el original estuviere en los archivos de COASMEDAS, se agregara a la documentación).


Fallecimiento de un integrante del grupo familiar del asociado

  • Solicitud escrita que se presenta personalmente en la gerencia de COASMEDAS de la oficina a la cual pertenece el asociado.
  • Una fotocopia autenticada de la cedula de ciudadanía de la persona fallecida si fuere mayor de edad.
  • Copias auténticas de las partidas eclesiásticas o de registro civil, que acrediten el grado de parentesco de la persona fallecida con el asociado.
  • Una copia autenticada de la partida del registro civil de defunción de la persona fallecida motivo de la solicitud.
  • Una copia autenticada del certificado de defunción de la persona fallecida.

 

Auxilio por Calamidad

Protección para ti frente a pérdida económica o material inesperada.

Busca brindar una protección a nuestros asociados, frente a pérdida económica o material inesperada por asonada, terrorismo, terremoto, explosión, inundación o cualquier hecho de la naturaleza que afecte su patrimonio.

Auxilio por Enfermedad Grave

Protección a tu favor si demuestras estar afectado por una enfermedad grave o ser sometido a intervención quirúrgica.

Se consideran como enfermedades graves: Cáncer, leucemia, infarto del miocardio, enfermedad cerebrovascular, insuficiencia renal crónica, parálisis de miembros superiores e inferiores, pérdida de miembros superiores o inferiores, pérdida total de la audición, pérdida y total de la visión, esclerosis múltiple, estado de coma, revascularización coronaria (by – pass), trasplante de órgano mayor, V.I.H positivo–sida y cuando el asociado sea sometido a intervención quirúrgica, como consecuencia de afectación de las arterias coronarias que requiera cirugía de revascularización cardiaca (by-pass) o transplante de un órgano vital.